CNDH emite Recomendación al IMSS por negar atención médica a una mujer durante labor de parto

La falta de atención médica provocó que la recién nacida se golpeara la cabeza.

De acuerdo con la información publicada por los medios de comunicación, el 21 de abril de 2019 la víctima dio a luz en el acceso a dicho nosocomio, mientras su esposo solicitaba atención médica. La falta de asistencia ocasionó que la recién nacida se golpeara la cabeza con el piso, por lo que el padre de familia levantó a su hija y rompió la puerta de cristal hasta que personal de salud acudió a brindarles apoyo.

Al investigar el caso, la CNDH acreditó violaciones a los derechos humanos a una vida libre de violencia en modalidad de violencia obstétrica y a la protección de la salud, toda vez que la niña nació en condiciones insalubres, sin asistencia médica o de enfermería, además del daño emocional ocasionado a sus padres.

Asimismo, este Organismo Nacional advirtió que aun cuando el IMSS inició una investigación por estos hechos, únicamente tomó en cuenta los expedientes clínicos de atención a las víctimas, pero omitió analizar la falta de apoyo durante el parto. Por ello, solicita al Director General del IMSS que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, repare integralmente el daño a las víctimas incluyendo una compensación justa y suficiente y les otorgue atención psicológica, además de colaborar en la queja que se presente ante el Órgano Interno de Control en contra del personal médico responsable.

También deberá capacitar a todo el personal médico del referido hospital en lo relativo al derecho a la protección de la salud y a una vida libre de violencia en su modalidad de violencia obstétrica; impartir cursos al personal de la Jefatura de Servicios Jurídicos de la Delegación Estatal de Guanajuato sobre derechos de las mujeres, violencia de género y las obligaciones del Estado en esta materia y crear un programa permanente para prevenir y atender casos similares procedimientos médicos para acelerar el parto y le suministró medicamentos.

Cuando ingresó a la sala de expulsión, el ginecólogo intentó sacar con fórceps al producto de la gestación sin conseguirlo, hasta que fue asistido por otro médico. El recién nacido fue atendido en la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales (UCIN) con diagnóstico de asfixia; mientras que la mujer fue reingresada a quirófano por hemorragia obstétrica, parto patológico, ruptura uterina y choque hipovolémico, extirpándole el útero y un ovario para salvar su vida.

El análisis de los hechos y evidencias que integran el expediente permitió a este Organismo Nacional acreditar violaciones al derecho de acceso a la salud, a una vida libre de violencia en su modalidad de violencia obstétrica, a la integridad personal y al interés superior de la niñez. Por ello, solicitó al Director General del ISSSTE que, junto con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, repare integralmente el daño causado a las víctimas y familiares, incluyendo una compensación justa y suficiente; inscribirlas en el Registro Nacional de Víctimas y otorgar a la mujer atención médica, psicológica y/o psiquiátrica; mientras que a la persona menor de edad se le deberá proporcionar atención neurológica y de rehabilitación.

Más información:
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2021-05/COM_2021_125.pdf

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